sábado, 22 de junio de 2024

JORGE MORALES ÁLVAREZ: ÚLTIMO LATINISTA IN ALMA MATER CUENCANA

 

 

In grata memoria semper viva la muerte de Jorge Morales Álvarez, acaecida ex abrupto in urbe nostra, ha dejádonos tristis et afflictis a todos quienes fuimos sus ex alumnos en los finiseculares tiempos de la vigésima centuria en la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad de Cuenca, donde el perínclito jurisconsulto fue un «LATINITATIS MAGISTER» o «MAESTRO DE LA LATINIDAD» en inmemorables clases donde nos enseñó que a la lingua latina débesela venerar cual «MATER AMABILIS» o «MADRE AMABLE» en el mundo del Derecho, pues la «LINGUA MATER» no es hoy una «LINGUA MORTA», como equívocamente piénsase con la absurda latinofobia de nuestro zumbón y epigramático pueblo super flumina Tomebamba.

Y es que el maestro vivificaba al Latín in singularis modo en sus magistrales enseñanzas en el aula, que era como el originalis campus donde refocilábase ad infinitum con los apotegmas latinos del Derecho logrando que nunca pudiéramos sentir in vita nostra haber tenido un annus horribilis por estudiar con un latinista de su talla, gustando de evocar a la lingua ciceroniana en sus exquisitas clases de Derecho Romano o Derecho Civil en los lejanos años universitarios del alma mater cuencana, donde aún es posible graduarse summa cum laude en el aula magna o auditórium de su amada Facultad de Jurisprudencia, donde todo el tiempo dio patente muestra de elocuencia y sapiencia en el foro azuayo ad perpetuam rei memoriam.

La imagen que capitula este parágrafo define per se al inolvidable doctor Morales como un latinista de pura cepa, cuando vémoslo, ad solemnitatem, escribiendo en la pizarra, in lingua latina semper amata, los principios de Ulpiano bajo los cuales al Derecho débeselo ejercer como un «INSTRUMENTUM LABORIS» o «INSTRUMENTO DE TRABAJO» para buscar la justicia en cada una de nuestras diligencias como profesionales del Derecho ante omnia et super omnia/ ante todo y sobre todo. Así pues, Jorge Morales, venerabilis et singularis magister in Ius Romanum, escribe apasionadamente en la pizarra: «UNUM SUUM DARE/ NEMINEM LEADERE/ HONESTE VIVERE» que en nuestra integérrima lengua de Castilla significa: «DAR A CADA UNO LO SUYO/ NO HACER DAÑO A NADIE/ VIVIR HONESTAMENTE».


Para el maestro, como él mismo decíalo, estos principios del Derecho Romano constituían su filosofía de vida, pues vivía de los hechos más que de las palabras en concordancia con otro de sus preferidos aforismos: «FACTA ET NON VERBA/ HECHOS Y NO PALABRAS» pues como decía Séneca: «HAEC SIT PROPOSITI NOSTRI SUMMA: QUOD SENTIMUS LOQUAMUR, QUOD LOQUIMUR SENTIAMUS, CONCORDET SERMO CUM VITA/ SEA ÉSTA LA NORMA DE NUESTRA CONDUCTA: QUE SINTAMOS LO QUE DECIMOS, QUE DIGAMOS LO QUE SENTIMOS Y QUE NUESTRA PALABRA CONCUERDE CON NUESTRA VIDA». Y por eso, Jorge Morales Álvarez era de aquellos esclarecidos seres que hacía lo que sentía y sentía lo que decía en admirable sindéresis con un modus actuandi donde la autenticidad era la prominente cualidad que exornaba a su personalidad de hombre auténtico haciendo lo que predicaba in vita societatis.

En consecuencia, en sus inmortales clases de Derecho Romano era cotidiano, in sacris, a la manera de un sagrado ritual, que el doctor Morales escribiera en la pizarra del aula de clase un dicho latino que evoque a la historia del Derecho in reverentia et diligentia in latinitatis honorem. Era pues un «MAGISTER MAGISTRORUM» o «MAESTRO DE MAESTROS» y no hace mucho tiempo atrás, en la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Azuay, el otro centro de educación superior en donde refulgía como un eminente docente latinista, brilló con luz propia al inaugurar una interesante exposición sobre códigos latinistas del Derecho demostrando a todas luces que era solo él un idóneo personaje para explicar con elocuencia la significación del Digesto como «originalis thesaurus» o «tesoro original» que enriquece ad summum el fondo bibliográfico de aquél relevante centro de estudios superiores de la ciudad cargada de alma, «CUENCA», cuyo nombre es, a mucha honra, un término de profunda solera latinista, al provenir de «CONCHA» donde su gentilicio devino sui generis de «CONQUENSE» a «CUENCANO» in historia mundi.


En su amada Facultad de Jurisprudencia fue decano ad initium in tertio millenio, ejerciendo una valiosa labor como PRIMUS INTER PARES entre docentes y alumnos, unidos todos como universitas magistrorum et scholarium. Ergo, tras una proficua gestión en el decanato intentó ser rector del alma mater cuencana y si la Divina Providencia así hubiéselo querido, Deo gratias, la Universidad de Cuenca habría tenido a uno de sus más egregios rectores in respectum et reverentia in universitatis historia.

Jorge Morales fue un conspicuo profesional del Derecho, un civilista de primera línea, y en su CURRICULUM VITAE débese consignar, in perpetuum, que fue el último latinista del alma mater cuencana. Podríase decir de él, como decíase en la Roma imperial: «VIR BONUS DISCENDI PERITUS/ HOMBRE DE BIEN, QUE SABE HABLAR» puesto que, in stricta veritas, frente a su excelsa figura estamos ante un hombre bueno, honesto, de alma noble, de profunda erudición y sapiencia ora como maestro, ora como erudito abogado, ora como gran argumentador y ergotista insigne, siempre disciplinado, austero, serio y esmerado en el cumplimiento de sus funciones ya en la cátedra, ya en el ejercicio profesional. Una especie de «EXEMPLUM VITAE» o «EJEMPLO DE VIDA» in via humilitatis o en el camino de la humildad en su admirabilis modus actuandi in veritatis splendor ab intra societatis et in dignitatis honorem semper.

Sus libros jurídicos convirtiéronse en material de obligada consulta para todos sus estudiantes, a punto de volverse una especie de best sellers entre las publicaciones jurídicas de las universidades del país y es en esas obras en donde consignó su profundo amor por la lingua latina in Ius Romanum aut Ius Civilis in admirabilis reverentia pro ea. Diríase quizás que el querido doctor Morales era también uno de los últimos «latin lovers» in urbe nostra dilectissima ad futuram rei memoriam.


Y esta cualidad del doctor Morales fue una de las razones por las cuales desarrolló con el autor de estas líneas una especial afinidad en nuestro diario afán por honrar a la LINGUA LATINA SEMPER AETERNA como una «VERA MATER ADMIRABILIS» o «VERDADERA MADRE ADMIRABLE» en nuestra paradigmática lengua de Castilla, hija predilecta de la latinidad in regnum hispaniarum et in saecula saeculorum. 


Y cuando referíale siempre, con tristeza, que es lamentable que en América Latina, hija singular de la latinidad, es absurdo contemplar a diario una horrorosa latinofobia en insensatos seres que por invincibilis ignorantia despotrican injustamente contra la lingua latina, como ingratos hijos que agreden a su madre, el doctor Morales solía decirme que «DE GUSTIBUS ET COLORIBUS NON EST DISPUTANDUM» o que «DE GUSTOS Y COLORES NO DÉBESE DISCUTIR» para reafirmar que también es un derecho que no a todos agrádeles la lingua latina in vita communitatis, aunque no por ello hay razón para la avalancha latinofóbica con la que inténtase destruir todo lo que remite a la latinidad diem per diem in vita societatis adversum veritatis et contra dignitatis.

Y por ello, sonreíamos inter nos admitiendo que ni siquiera un mea culpa, mea culpa, mea máxima culpa son capaces de decir quienes ofenden a nuestra latinidad con furibundos comentarios y acres filípicas in ciberspatium et in patria nostra semper afflicta, mientras nos admirábamos in extremis que vivimos hoy un mundo latinofóbico en donde incluso los abogados despotrican en contra de la excelsa lingua mater como desnaturalizados hijos que insultan a su propia madre adversum caritatis et contra humilitatis. Pero, ipso facto, luego nos solazábamos mas bien en pensar que hoy es fácil contemplar un Latín para el siglo XXI cuando un moderno término como «aeropuerto» viene de «portus aeris» o cuando podríamos incluso coquetear online (osculari in linea) e incluso insultar, maltratar e insinuar en latín clásico para demoler y maldecir como haríanlo Cicerón, Ovidio y Cátulo in via dignitatis et in respectum et reverentia inter lingua latina et sub specie aeternitatis.

Sin embargo, nil desperandum, encontrar cotidianamente buenas razones para seguir amando apasionadamente a la lingua latina era para él una especie de causa nostrae laetitiae o causa de nuestra alegría in honorem linguae latinae. Y por ello, siempre fue animoso para que siguiéramos siendo amantes de la lingua latina, lingua excelsa et singularis in admirabilis scientia et sapientia. Pero detrás de su sarcástico humor de latinista el querido doctor Morales siempre lamentaba que el Latín desapareció de los colegios, los seminarios y las universidades ad absurdum, sin que entiéndase inter nos que una mirada al pasado permítenos una visión más completa del presente, por lo que traducir desde el Latín o para el Latín prodíganos una flexibilidad mental única, más allá de que nuestra lingua latina semper amata es deducible fácilmente al Castellano en la misma forma en que los hijos reconocen sin complicaciones a su propia madre in naturalis aspectibus. Y seguramente este artículo escrito IN MEMORIAM de tan egregio maestro así pruébalo y confírmalo in veritatis honorem.


Lo dicho confirma además que el doctor Morales era también un amigo sincero, para quien la lealtad en la amistad era una regula vitae o regla de vida dentro de una espléndida relación consolidada in via fraternitatis o en el camino de la fraternidad. El maestro era por lo tanto un «AMICUS FIDELIS» o «AMIGO FIEL» in collegialitas affectiva o colegialidad afectiva inter nos, sicut fratres in unum in sempiterna amicitia semper vera. Vaya para él, amigo fidelísimo, ad vitam aeternam, un abrazo fraternal in nomine Christi, sicut dilectissime magister, amabilis et prudentissimo et care amice linguae latinae in urbe nostra. Plurimas gratias, salutem, grata recordationem et benedictionem tibi per Christum Dominum Nostrum.


Ad concludendi, digamos una vez más que a Jorge Morales Álvarez deberíaselo recordar, in perpetuum, como el último latinista de la Universidad de Cuenca y la Universidad del Azuay, los dos centros de educación superior donde por décadas centellaba in via lucis o en el camino de la luz como un convencido latinista que amaba apasionadamente a la lingua latina, ex toto corde, ex tota anima et ex tota fortitudine sicut lingua mater in iustitiae via in admirabilis sapientia. Jorge Morales Álvarez erat vero magister dixit in Ius Romanum aut Ius civilis in communitate nostra. Requiescat in pace ad vitam aeternam in nomine Christi, dilectissime magister noster, Jorge Morales Álvarez, in amabilis et sempiterna memoria. Requiem aeternam dona eis Domine et lux perpetua luceat eis.

ABOGADO DIEGO DEMETRIO ORELLANA

Datum Conchae, mensis Iunii, die secundus supra vigesimus, reparata salute Anno Dominicae Incarnationis MMXXIV, octava XI Dominica per annum
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OPINIONES CIUDADANAS

DE: Jorge Suarezjorgesuar1@yahoo.comPara:DIEGO DEMETRIO ORELLANA
FECHA:
dom, 23 jun a las 19:52

Felicitaciones. Un perfil digno de aplausos y una valorizaciòn exacta de sus dones. Que el espíritu de Jorge Morales Alvarez sea el faro que ilumine a la juventud ecuatoriana.

 Saludos, Jorge
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jueves, 20 de junio de 2024

LA CANTONIZACIÓN DE GUALACEO Y SU SIGNIFICACIÓN HISTÓRICA


Ad solemnitatem, la celebración del BICENTENARIO DE LA CANTONIZACIÓN DE GUALACEO aparece en el horizonte histórico de la región como una apropiada coyuntura para el debido conocimiento de un hito cardinal que trazó un camino hacia el progreso de un pueblo de profunda y auténtica personalidad, el cual exhibe, urbi et orbi, policrómicas facetas que han convertídolo en Patrimonio Cultural del Ecuador, pues Gualaceo representa un relicario de historia, arte y cultura que débeselo preservar para las presentes y futuras generaciones que obligadas están a supravalorar el devenir histórico de un patrimonial cantón que ha sido permanentemente un punto de atracción para propios y extraños desde su condición de JARDÍN DEL AZUAY.

La cantonización de Santiago de Gualaceo fue un hito histórico que débeselo contemplar en perspectiva como un punto de llegada y de partida del floreciente desarrollo de la región in via libertatis. Dígase entonces que desde el 24 de Mayo de 1822, en que consolidóse la libertad del yugo español en los territorios de la antigua Real Audiencia de Quito, con la Batalla del Pichincha, todo lo que hoy es el Ecuador incorporóse a la Gran Colombia con el nombre de Distrito del Sur. Post factum, dos años después, el 24 de junio del año del Señor de 1824, el Senado y la Cámara Nacional de Representantes de la República de Colombia expidieron, en esa fecha, la Ley de División Territorial, con la cual determináronse ex integro los pueblos que conformaban el Ecuador dentro de la llamada Gran Colombia. Un día después, el 25 de junio de 1824, firmóse el Ejecútese de esta ley por parte del encargado del poder ejecutivo, in illo tempore, Francisco de Paula Santander, pues Bolívar hallábase ausente del Palacio de Gobierno de Bogotá por tal fecha.

La ley en mención dice textualmente de verbo ad verbum: Art. 1: «Todo el territorio de Colombia se divide en tres distritos como doce departamentos...». Y luego de enumerar a los pueblos de Venezuela y Colombia, desde el artículo 10 refiérese a lo que hoy es el Ecuador, en los siguientes términos: «…10) El Ecuador, su capital Quito; 11) Azuay, su capital Cuenca; 12) Guayaquil, su capital Guayaquil. Estos doce departamentos comprenden las provincias y cantones siguientes:…».

El artículo 12 de la Ley de División Territorial dice in scriptis: «El departamento del Azuay comprende las provincias: 1. De Cuenca, su capital Cuenca. 2. De Loja, su capital Loja; y, Jaén de Bracamoros y Mainas, su capital Jaén. Los cantones de la provincia de Cuenca y sus cabeceras son: 1. Cuenca. 2. Cañar. 3. Gualaceo y 4. Girón». Ad concludendi, la ley termina diciendo: «Palacio de Gobierno en Bogotá a 25 de julio de 1824. Ejecútese. Francisco de Paula Santander. Encargado del poder ejecutivo».

Cabe precisar, in veritatis honorem, que la Ley de División Territorial de la Gran Colombia fue una iniciativa del Libertador Simón Bolívar, quien a la fecha del 25 de junio de 1824 había encargado el poder ejecutivo a Santander, que era el vicepresidente de la República de Colombia, a quien cúpole el honor de firmar el Ejecútese de esta ley importantísima para nuestra historia territorial in patria aequatorianae.

Una vez expedida la Ley de División Territorial de la República de Colombia se ordenó que celebrárase un Te Deum para agradecer a Dios por este hecho, lo que confirma, ante omnia/ ante todo, la profunda fe católica que profesaban las máximas autoridades de Colombia, con el Libertador Simón Bolívar a la cabeza, pues era ésta una época en la que el nombre de Dios estaba siempre presente en todos los actos administrativos de los gobernantes de turno.

Nótese, del texto exacto de la ley, que aquel 25 de junio de 1824 elevóse a la categoría de provincia a Cuenca, siendo a la vez la capital de todo el departamento del Azuay. Después de que el Ecuador créase como país independiente, al separarse de la Gran Colombia en 1830, la provincia de Cuenca paulatinamente pasó a llamarse del Azuay y en la Ley de División Territorial de 1861, expedida por el presidente García Moreno, hácesela constar justamente como provincia del Azuay, con su capital Cuenca. No obstante, in veritas semper fidelis/ en verdad siempre fiel, ha tomádose al 25 de junio de 1824 como su fecha natalicia, pues con el transcurrir de los tiempos la provincia del Azuay es la misma que llamábase Cuenca en la Ley Territorial de la República de Colombia de 1824.

 La cantonización de Santiago de Gualaceo fue un hito histórico que débeselo contemplar en perspectiva como un punto de llegada y de partida del floreciente desarrollo de la región in via libertatis. Dígase entonces que desde el 24 de Mayo de 1822, en que consolidóse la libertad del yugo español en los territorios de la antigua Real Audiencia de Quito, con la Batalla del Pichincha, todo lo que hoy es el Ecuador incorporóse a la Gran Colombia con el nombre de Distrito del Sur. Post factum, dos años después, el 24 de junio del año del Señor de 1824, el Senado y la Cámara Nacional de Representantes de la República de Colombia expidieron, en esa fecha, la Ley de División Territorial, con la cual determináronse ex integro los pueblos que conformaban el Ecuador dentro de la llamada Gran Colombia. Un día después, el 25 de junio de 1824, firmóse el Ejecútese de esta ley por parte del encargado del poder ejecutivo, in illo tempore, Francisco de Paula Santander, pues Bolívar hallábase ausente del Palacio de Gobierno de Bogotá por tal fecha.


Quod erat demonstrandum, puédese ver entonces, a través de estas disposiciones de la Ley de División Territorial, que Gualaceo pasa a ser cantón junto con Cuenca, Cañar y Girón, condición que refleja su importancia como un pueblo destacado dentro del departamento del Azuay in historia nostra, apud flumina Sancta Barbara.

Post factum, uno de los hechos que relaciónanse de profundis con la cantonización de Gualaceo es su ascenso a villa, lo cual acaeció después que fuera elevado a cantón por la Ley de División Territorial de la República de Colombia expedida el 24 de junio del año del Señor de 1824 y sancionada el 25 de junio del mismo año, como hémoslo consignado en líneas precedentes concordet histórica veritas.

Efectivamente, in via veritatis, el 23 de octubre de 1824, a los cuatro meses de la creación del cantón, el Intendente del departamento del Azuay, General Ignacio Torres, dirigióse al Secretario del Interior de la República de Colombia para proponer la creación del cantón Azogues y la elevación a villa del cantón Gualaceo. La parte pertinente de este valioso documento que hállase en el Archivo Nacional de Historia de la Casa de la Cultura Ecuatoriana «Benjamín Carrión», Núcleo del Azuay, dice ad litteram: «Intendencia del Departamento (del Azuay) al Secretario del Interior. Cumpliendo por lo mandado por su excelencia el Vicepresidente de la República en derecho de 6 de julio de este año sobre que los Intendentes oyendo a los Superiores Gobernadores informen lo conducente para la más pronta ejecución de la ley de 24 de junio último sobre división territorial: lo verifico contestando a cada uno de los artículos en él contenidos:… Al artículo 3. El cantón de Gualaceo en mi concepto merece el título de villa por muchas razones. Primera que por su población cuenta con más de veinte mil habitantes de toda clase, edad y sexo. Segunda porque su agricultura se ha extendido a desentrañar las tierras de las simas de los cerros infructíferos. Tercera por la inmediación que tiene con la jibaría de Gualaquiza, Zamora y Bomboysa: cuya conquista y amistad es de esperar que el tiempo la facilite mediante los auxilios del gobierno; y en este caso el comercio de Gualaceo subirá a un grado ventajoso, extrayendo los frutos naturales y precisos de que abundan el territorio y las montañas/ fol. 13/ y cubren aquellos naturales. Cuarta, que aun en el día sus manufacturas son de las mejores que se trabajan en todo el Departamento y es cierto que la ilustración hará se perfeccionen de tal modo que no se necesiten de los lienzos de algodón que se introducen de Europa. Si por estas razones considerare su Excelencia que su cabecera merezca el título de Villa, se dignará su paternal clemencia liberar el que corresponda, en virtud de que he prevenido a la Municipalidad ocurra por él, sin titularse tal hasta que no se le hubiese expedido el despacho correspondiente por el supremo poder ejecutivo… Es cuanto puedo informar en observancia de lo decretado vuestra señoría se dignará someter esta vista para el conocimiento de su Excelencia y decirme en contestación lo que resolviese y fuera de su superior agrado. Dios guarde a vuestra señoría muchos años. Ignacio Torres».

Ad bene placitum in communitate nostra/ Para beneplácito en nuestra comunidad, en el precedente texto histórico puédese ver cómo es descrito Gualaceo, a la época de su cantonización, cuando pretendíase que fuera ascendido a villa, lo cual demuestra inter nos que Santiago de Gualaceo ha sido un pueblo que ha forjádose in crescendo con cualidades que erígenlo in excelsis como un sitio donde sus habitantes han sido emprendedores y trabajadores buscando siempre su progreso al forjar una comunidad que acopia una valiosa historia para el actual conocimiento de sus habitantes.

 


Así pues, dígase que el bicentenario de la cantonización de Gualaceo es la propicia oportunidad para evaluar el desarrollo de este libérrimo pueblo que ha buscado siempre su adelanto material para constituirse en un pujante cantón de la provincia del Azuay, en donde refulge luminiscente como «EL JARDÍN DEL AZUAY» dadas las naturales bellezas que exórnanlo como un paraíso de lindezas sin cuento in historia nostra, hodie et nunc et semper et in saecula saeculorum.


Diego Demetrio Orellana
Datum Conchae, mensis iunii, die vigesimus, reparate salute Anno Dominicae Incarnationis MMXXIV, octava XI Dominica per annum